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Junio de 2016

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Junio de 2016

Por Alejandro D. Perotti, Horacio Alais y Ricardo Torres Brizuela

Este nuevo número del suplemento contiene, en lo que hace a los aportes de doctrina, artículos de Rosalia M. A. Guzmán y Patricia Bonfiglio.

 

Rosalia M. A. Guzmán detalla en su trabajo los cambios a implementar para modernizar el control aduanero basado en la reciente adhesión al Convenio de Kyoto, el Paquete de Bali y SAFE.

Por su parte, Patricia Bonfiglio analiza la diferencia entre las figuras de la declaración inexacta, autodenuncia y la rectificación, y su aplicación.

 

En el apartado de jurisprudencia nacional se incluyen sentencias de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Transporte Furlong, destinación suspensiva de tránsito de importación, robo en tránsito, art. 315 CA; ACyGSA, art. 1164 CA, prohibición del Tribunal Fiscal de la Nación para pronunciarse sobre la constitucionalidad de las normas; Noble, exportación, tributos, efectos DJVE, art. 954 CA, y Biocardales, derechos de exportación, tributos, efecto liberatorio del pago), del Tribunal Fiscal de la Nación (Briket, destinación suspensiva de transito de importación, robo en tránsito, responsabilidad tributaria; ACyGSA, prescripción de la acción, art. 803 CA, plazo razonable, y Atanor, operaciones de exportación, liquidación de divisas, límites a la competencia de la Aduana).

 

En la sub sección dedicada a fallos importantes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a cargo de la Mag. Mariana Peña Pinon (con la colaboración de Florencia Leonardelli y Antonia Díaz de Valdez), se incluye cuatro sentencias actuales; tres del Tribunal de Justicia propiamente dicho, a saber, Clark y Puma (sobre la invalidez parcial de un reglamento que estableció derechos antidumping en la medida que el Consejo y la Comisión no respetaron en su adopción ciertas reglas de procedimiento; en particular, no se pronunciaron sobre las solicitudes para la obtención del trato de empresa que opera en condiciones de economía de mercado, presentadas por los productores-exportadores chinos y vietnamitas no incluidos en la muestra), Portmeirion (precisión sobre la noción de “producto considerado” del artículo 1 del reglamento de base, en el marco de un proceso antidumping) y X y Staatssecretaris van Financiën (noción de residencia normal a los fines de la aplicación del régimen de importación de bienes personales), y otra del Tribunal General de la UE, Xinyi (nulidad del reglamento que impuso derechos antidumping a las importaciones de vidrio solar procedente de China, en la medida que la Comisión denegó a la empresa recurrente el tratamiento de empresa de mercado, puesto que no había demostrado que no está sometida a ninguna distorsión heredada del sistema anterior). Se incluye asimismo, una sentencia con valor histórico, a saber Rewe-Zentralfinanz e G [autonomía procesal de los Estado, reglas de procedimiento para la devolución de derechos aduaneros (plazos de prescripción para solicitar la devolución) contrarios al derecho comunitario].

 

Entre los proyectos, normas y otros documentos, se incluyen, entre otros, actas de reuniones y normas de órganos del MERCOSUR (Grupo Mercado Común y Comisión de Comercio del MERCOSUR) y normativa de Argentina, Brasil y Uruguay.

 

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